La Discriminacion en el Empleo

February 16, 2009 por ligia.valdivia  
Archivado en Participación Ciudadana

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El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 protege a las personas contra la discriminación en el empleo por razón de origen nacional como también por raza, color, religión y sexo. Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o aspirante a empleo debido a su origen nacional. No se puede negar la igualdad de oportunidades de empleo por el lugar de nacimiento, origen, cultura, o características linguísticas comunes a un grupo étnico determinado.

La igualdad de oportunidades de empleo no se puede negar por el casamiento o asociación con personas de un origen nacional determinado; ser miembro de o estar asociado con grupos específicos de promoción étnica; asistir o participar en escuelas, templos o mezquitas generalmente asociados con un origen nacional determinado; o un apellido asociado con un grupo étnico determinado.

Una reglamentación que exige que los empleados hablen inglés exclusivamente durante horas de trabajo puede violar el Título VII, a menos que el empleador demuestre que es necesaria para el buen funcionamiento de su empresa. Si un patrono considera que la reglamentación de hablar ingles es fundamental para las necesidades de su empresa, debe informar a los empleados cuando deben hablar ingles y las consecuencias de no cumplir con la reglamentación. Cualquier decisión de empleo negativa basada en la falta de cumplimiento de la reglamentación se considerara prueba de discriminación si el patrono no informo a sus empleados de la existencia de tal reglamentación.

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Fuente: Equal Employment Opportunity Commission

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